¿Alguna vez has escuchado el término «polizón» y te has preguntado qué significa o a qué se refiere? Pues bien, en este interesante artículo despejaremos todas tus dudas y te mostraremos el verdadero concepto y significado de esta palabra tan peculiar. Además, podrás descubrir algunos ejemplos que te ayudarán a comprender mejor su uso en diferentes contextos. Así que acompáñanos en este viaje de exploración para conocer más acerca de los llamados «polizones» y su significado en la sociedad moderna. Sin más preámbulos, ¡empecemos!
1. ¿Qué es un polizón?
Un polizón es una persona que embarca clandestinamente en un medio de transporte, ya sea de personas o de mercancías. Esta persona aborda el transporte de forma clandestina, sin permiso ni conocimiento de las autoridades o de la tripulación del medio de transporte.
Los polizones suelen intentar viajar de forma clandestina para evitar pagar el costo del transporte o para escapar de situaciones difíciles en su lugar de origen. Sin embargo, esta práctica es ilegal y puede tener consecuencias graves tanto para los polizones como para las personas encargadas del transporte.
2. Casos comunes de polizones
Los casos más comunes de polizones ocurren en buques, pero también puede haber personas que intenten viajar de esta manera en camiones o aviones. En el caso de los buques, los polizones suelen esconderse en áreas de carga o en espacios no autorizados del barco. Algunos polizones incluso se disfrazan de miembros de la tripulación para pasar desapercibidos.
En el caso de los camiones, los polizones suelen esconderse en la parte trasera del vehículo, en los compartimentos de carga o debajo de la carga misma. En los aviones, los polizones pueden esconderse en los compartimentos de equipaje o en los espacios de carga.
Es importante destacar que los polizones corren un gran riesgo al intentar viajar de esta manera, ya que pueden sufrir lesiones graves o incluso perder la vida debido a las condiciones peligrosas en las que se encuentran durante el viaje.
3. Responsabilidades y protección internacional
La definición de polizón no tiene en cuenta las razones por las cuales la persona aborda de forma clandestina el transporte, pero estas circunstancias son consideradas al identificar responsabilidades y determinar si la persona necesita protección internacional.
3.1 Obligaciones de la tripulación de los buques
El artículo 11 del Proyecto de Ley de Navegación Marítima establece las obligaciones de la tripulación de los buques con respecto a los polizones. Estas obligaciones incluyen mantener a los polizones a bordo en condiciones dignas hasta llegar a puerto y, si corresponde según la normativa de inmigración, entregarlos a las autoridades competentes.
La tripulación también tiene la responsabilidad de garantizar la seguridad de los polizones durante el viaje y de proporcionarles alimentos y agua adecuados. Además, deben informar a las autoridades competentes sobre la presencia de polizones a bordo y cooperar en cualquier investigación o procedimiento legal relacionado con ellos.
3.2 Responsabilidad del armador y consignatario del buque
Si la situación de los polizones a bordo del buque es inhumana o degradante, o si necesitan asistencia médica o humanitaria, o si las autoridades competentes deciden repatriarlos, el armador y el consignatario del buque que los transportó son solidariamente responsables de cubrir los costos de su manutención, alojamiento, asistencia legal, interpretación y repatriación.
Esto significa que, en caso de que los polizones necesiten atención médica o asistencia legal, el armador y el consignatario deben asegurarse de que reciban el tratamiento adecuado y de que se les proporcione un abogado si es necesario. Además, deben cubrir los gastos de alojamiento y manutención de los polizones mientras se encuentren a bordo del buque.
3.3 Garantía y retención del buque
La Administración Marítima puede exigir una garantía suficiente para asegurar el cumplimiento de esta obligación, y en caso de incumplimiento, retener el buque en puerto. Esto significa que si el armador y el consignatario no cumplen con sus responsabilidades hacia los polizones, la Administración Marítima puede retener el buque hasta que se cumplan dichas responsabilidades.
Esta medida tiene como objetivo garantizar que los polizones reciban la protección y la asistencia necesarias y que se respeten sus derechos humanos durante el viaje.
4. Aplicación de la Convención de Ginebra y legislación nacional
El Convenio Internacional para Facilitar el Tráfico Marítimo Internacional (FAL) establece en su Parte A (principios generales) del capítulo 4 que se deben aplicar los principios de la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de Nueva York de 1967, así como la legislación nacional pertinente, en relación a los polizones.
Esto significa que los países que son parte de la Convención de Ginebra y su Protocolo deben garantizar la protección de los polizones y respetar sus derechos humanos. Además, deben establecer leyes y regulaciones nacionales que aborden específicamente la situación de los polizones y las responsabilidades de las partes involucradas en su transporte.
Estas leyes y regulaciones deben tener en cuenta las circunstancias individuales de los polizones, como su edad, género, estado de salud y cualquier otra situación especial que puedan enfrentar. También deben establecer mecanismos para garantizar que los polizones reciban la asistencia y la protección necesarias durante el viaje.
5. Resumen
Un polizón es una persona que aborda clandestinamente un medio de transporte sin permiso ni conocimiento de las autoridades o la tripulación. Aunque la definición de polizón no tiene en cuenta las razones por las cuales la persona aborda de forma clandestina, estas circunstancias son consideradas al determinar responsabilidades y necesidades de protección internacional.
La tripulación de los buques tiene la obligación de mantener a los polizones a bordo en condiciones dignas y entregarlos a las autoridades competentes si corresponde. Los armadores y consignatarios de los buques son responsables de cubrir los costos de manutención, alojamiento, asistencia legal, interpretación y repatriación de los polizones. El cumplimiento de estas obligaciones puede ser asegurado mediante la prestación de una garantía suficiente, y en caso de incumplimiento, el buque puede ser retenido en puerto.
El Convenio Internacional para Facilitar el Tráfico Marítimo Internacional establece que se deben aplicar los principios de la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de Nueva York de 1967, así como la legislación nacional pertinente, en relación a los polizones. Esto garantiza la protección de los polizones y el respeto de sus derechos humanos durante el viaje.