Reparto De Utilidades

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por su actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado. Exploraremos las características del reparto de utilidades, cómo se determina la cantidad a repartir, quiénes tienen derecho a recibirlas y qué hacer en caso de incumplimiento por parte del patrón.

Índice
  1. ¿Qué es el reparto de utilidades?
    1. Características del reparto de utilidades
  2. ¿Cómo se determina el reparto de utilidades?
    1. Porcentaje establecido por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas
    2. División de la utilidad repartible
    3. Salario base para el reparto de utilidades
  3. ¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?
  4. ¿Qué hacer en caso de incumplimiento del reparto de utilidades?
  5. Protección y sanciones
  6. Asesoría gratuita

¿Qué es el reparto de utilidades?

El reparto de utilidades es un mecanismo mediante el cual los trabajadores reciben una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón. Este derecho está establecido en la Constitución Mexicana y tiene como objetivo garantizar una distribución justa de las utilidades generadas por el trabajo de los empleados.

Características del reparto de utilidades

  • Es un derecho constitucional de los trabajadores.
  • Se realiza anualmente.
  • Debe realizarse a más tardar el 30 de mayo para los trabajadores de empresas y el 29 de junio para los trabajadores de personas físicas.
  • La cantidad a repartir se determina de acuerdo con el porcentaje establecido por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
  • La utilidad repartible se divide en dos partes: una parte igual para todos los trabajadores y otra parte proporcional al monto de los salarios devengados.
  • El reparto de utilidades aplica a los trabajadores que cumplan con ciertos requisitos, como haber laborado al menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300,000 pesos o más.
  • No aplica para ciertos tipos de trabajadores, como los domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos, entre otros.
  • En caso de incumplimiento por parte del patrón, el trabajador tiene un plazo de un año para reclamar el pago de las utilidades.
  • Las cantidades recibidas por concepto de utilidades están protegidas por la Ley Federal del Trabajo.
  • El reparto de utilidades causa impuesto sobre la cantidad que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo.

¿Cómo se determina el reparto de utilidades?

La determinación individual de las utilidades para los trabajadores se realiza de la siguiente manera:

Porcentaje establecido por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas

Los trabajadores participan en las utilidades del patrón de acuerdo con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, que actualmente es del 10% de las utilidades netas.

División de la utilidad repartible

La utilidad repartible se divide en dos partes iguales. La primera parte se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en cuenta el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda parte se reparte en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

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Salario base para el reparto de utilidades

Se considera como salario base para el reparto de utilidades exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas u otros derivados del trabajo. En el caso de salarios variables, se toma como salario base el promedio de las percepciones obtenidas en el año.

¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?

El reparto de utilidades aplica a los trabajadores que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Haber laborado al menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300,000 pesos o más, según su declaración fiscal del año anterior.
  • Tener más de un año en funcionamiento.

El reparto de utilidades no aplica para los siguientes trabajadores:

  • Trabajadores domésticos.
  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Profesionistas, artesanos, técnicos y otros que presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin relación de trabajo subordinado.
  • Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento.
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas cuyo capital sea menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
  • Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.

¿Qué hacer en caso de incumplimiento del reparto de utilidades?

Si un trabajador no recibe el reparto de utilidades o se le paga de forma incompleta, tiene un plazo de un año para reclamar el pago de las utilidades, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida. Los días laborados para el reparto de utilidades incluyen los días en los que el trabajador perciba su salario, aunque no labore, por disposición de la ley, contrato individual o colectivo de trabajo y del reglamento interior de trabajo, como incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos prenatales y postnatales, descanso semanal, vacaciones, días festivos y permisos.

Protección y sanciones

Las cantidades recibidas por concepto de utilidades están protegidas por las normas contenidas en los artículos 98 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo. Estas normas establecen que los trabajadores pueden disponer libremente de las cantidades que les corresponden por concepto de utilidades, que el derecho a percibir las utilidades es irrenunciable, que las utilidades se pagan directamente al trabajador y que no se pueden pagar en mercancías o cualquier otro signo representativo que sustituya la moneda. También se establece que es nula la cesión de las utilidades en favor del patrón o de terceras personas, que las utilidades no pueden ser objeto de compensación y que la obligación del patrón de pagar las utilidades no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en la ley. El pago de las utilidades debe realizarse en el lugar donde los trabajadores prestan sus servicios.

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En caso de incumplimiento por parte del patrón, este puede ser multado con cantidades que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo establece la Ley Federal del Trabajo.

Asesoría gratuita

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría gratuita sobre el reparto de utilidades a través de sus servicios de orientación telefónica, por correo electrónico y de manera personal en sus oficinas en todo el país.

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